¡Recta final de la declaración de la renta!

¿Tu declaración de la renta es un poco más complicada de lo habitual?

¿Eres de los que prefieren esperar hasta el final?

Evita sorpresas y no lo demores más, el plazo para presentar tu declaración de la renta termina el próximo 30 de junio.

Prisas = errores + llegar tarde

Este año el plazo termina el miércoles 30 de junio.

Ten en cuenta que con frecuencia los datos que nos facilita Hacienda contienen errores y confirmar el borrador puede comportar revisiones y sanciones en la declaración.

Tu declaración de la renta puede ser compleja y requerir informaciones adicionales.

Apurar hasta el último día puede significar no tener tiempo para estudiar si hay alguna cuestión extra que te permita verdaderamente lo que deberías.

No te arriesgues a presentar tu declaración fuera de plazo ni con errores.

¿Qué sucede si presentas la Renta fuera de plazo?

Todos los impuestos tienen sus plazos. Un retraso implica una sanción regulada en el artículo 191 de la Ley General Tributaria y que afectará al resultado de tu declaración.

Resultado a ingresar y sin requerimiento de Hacienda

En caso de no recibir un requerimiento a Hacienda y presentar tu declaración voluntariamente:

  • De hasta 3 meses: recargo del 5%.
  • De hasta 6 meses: recargo del 10%.
  • De hasta 12 meses: recargo del 15%.
  • Con más de 12 meses de demora: recargo del 20% + pago de intereses de demora.

Resultado a ingresar con requerimiento de Hacienda

Si recibes un requerimiento de hacienda y dependiendo de la gravedad recibirás un recargo de entre el 50% y el 150%.

Si aceptas la sanción y no recurres podrás reducir la sanción un 30%.

Si pagas dentro del periodo voluntario podrás reducir la sanción otro 25%.

Resultado a devolver sin requerimiento de Hacienda

Si la declaración te sale a devolver y no hay requerimiento de Hacienda la sanción será de 100€.

¿Qué sucede si presentas la declaración de la renta con algún error?

Hacienda se reserva un plazo de 4 años para revisar tu declaración de la renta.

Si el error repercute en una cantidad a devolver superior a la solicitada o una cantidad a ingresar menor se podrá presentar una rectificación de autoliquidación,

Si los errores u omisiones en declaraciones ya presentadas han motivado la realización de un ingreso inferior al que legalmente hubiera correspondido o la realización de una devolución superior a la procedente deben regularizarse mediante la presentación de una declaración complementaria.


Estimados lectores y clientes,

Ante la complejidad que le puede suponer presentar la declaración de la renta y/o las dudas que pueda tener, puede ponerse en contacto con nuestros asesores fiscales llamando al 933 854 501 o bien a ruben.martin@asesoriamartin.com y pedir cita previa para la declaración y/o asesoramiento.