Incremento del salario mínimo interprofesional

En cumplimiento del mandato del Gobierno para fijar anualmente el salario mínimo interprofesional (SMI), contenido en el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores, se ha aprobado el Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional con efectos del mes de septiembre de 2021, tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporales, así como para los trabajadores del hogar.

La subida, con carácter retroactivo el 1 de septiembre, supone un incremento del 1,579% más que en 2020. Las nuevas cuantías del SMI serán de 32,17 euros al día o 965 euros al mes, según el salario queda fijado por días o meses. Esto significa que el cómputo anual del SMI no podrá ser inferior a 13.510 euros.

Son 965 euros mensuales en caso de que el salario se abone en 14 pagas, y de 1.125,83 euros al mes si el pago del salario fuese en 12 pagas.