He cobrado un ERTE. ¿Cómo me afecta a mi declaración de la Renta?

El año 2020 ha sido un año especial en el que muchos trabajadores se han visto afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).

Muchos trabajadores que antes no hacían la declaración de la renta ahora deberán hacerla. ¿Es tu caso? Y muchos que ya la hacían, ahora no pagaran el montante habitual. ¿De cuánto dinero estamos hablando?

Para responder a estas dudas deberemos tener en cuenta que la obligación de hacer la declaración de la Renta surge del número de pagadores que se han tenido durante el 2020 y también del importe bruto percibido de cada uno de ellos:

  • Si se ha recibido dinero de un único pagador el límite para presentar la declaración está en 22.000€ brutos anuales.
  • Si se ha recibido dinero de más de un pagador el límite para presentar la declaración está en 14.000€ brutos anuales.

Los importes cobrados por la Seguridad Social derivados de un ERTE se consideran un segundo pagador.  Igualmente si se ha recibido prestación por desempleo o de cualquier otro pagador.

En cuanto a la cuantía a pagar se deberán tener en cuenta las retenciones aplicadas por el primer pagador.

En cuanto a la Seguridad Social, normalmente no aplica ningún tipo de retención y lo más probable es que las retenciones del primer pagador no compensen los importes pagados por el segundo pagador. Lo más normal es que te salga a a pagar.

Será necesario estudiar tu caso individualmente para que podamos decirte de que cuantía se trata.

Ante la excepcionalidad del momento te recomendamos que dejes tu declaración de la renta en manos de profesionales.

Evita sorpresas.

Anticípate.

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