El modelo 347 de declaración de operaciones con terceros

Tus obligaciones fiscales del año 2018 todavía no han terminado.

Habiendo presentado las liquidaciones del IVA y del IRPF si eres autónomo, o los resúmenes anuales, es probable que todavía te quede presentar el modelo 347.

El plazo termina el 28 de febrero. Si todavía no has hecho los deberes te quedan unas horas

¡Corre!

O contacta con nosotros.

Quién está obligado a presentar el modelo 347

– Mi gestor no me había dicho nada.

Bien. Es posible que la obligación no te afecte. ¿Cómo estar seguros?

Todas aquellas personas físicas o jurídicas de desarrollan actividades empresariales o profesionales están obligadas a presentar esta declaración de operaciones con terceras personas.

Quedan excluidas:

  • Las sociedades o personas físicas que tengan la sede de su actividad económica fuera del estado
  • Las personas físicas que tributen con el método de estimación objetiva y al mismo tiempo en el IVA para regímenes especiales simplificado o agricultura o recargo de equivalencia, excepto para las operaciones que emitan una factura;
  • Las sociedades o personas físicas que no realicen operaciones superiores a 3005.06 euros con terceras personas. (IVA incluido, con devoluciones y descuentos incluidos)
modelo 347

Señalar, que para la presentación de este modelo es necesario tener una contabilidad fiable y real de la actividad de la empresa.

En Gestoría Martín cuidamos nuestras empresas para poder presentar los impuestos de manera correcta y cumplan todos los requisitos en que están obligadas.

Querido empresario,

Las prisas nunca son buenas.

Si quieres un servicio fiscal y contable confiable, y dentro de los plazos establecidos, confía en Gestoría Martín.