IVA e IPRF: ¿Qué modelos debes presentar para cerrar el año?

Si en tu familia hay alguien que trabaja en una gestoría asesoría probablemente te habrá contado la intensidad con la que vive el mes de enero.

El 30 de enero significa para todo el que tenga un negocio la obligación de presentar una gran cantidad de impuestos y regularizaciones.

Cerrar el año no es una tarea simple. Requiere concentración.

¿Te encuentras en esta situación?

Relación de modelos que se deben presentar

Ante la cantidad de documentación que hay que presentar es normal sentirse un poco abrumado.

En concreto hay que preparar como mínimo la siguiente relación de modelos.

  • Hasta el 20 de enero hay tiempo para presentar los modelos 111 y 115. El 111 relativo al IRPF de trabajadores, profesionales y empresarios. Y el 115 relativo al IRPF de inmuebles urbanos.
  • Hasta el 31 de enero podemos presentar los modelos 303 y 349. El 303 relativo a IVA y el 349 a las operaciones intracomunitarias.
  • Además, se deben presentar el modelo 390, 190 y 180. El 390 es el resumen anual de todos los impuestos presentados en el año anterior. El 190 es el resumen anual de todas las retenciones IRPF. El 180 es el resumen de todos los modelos 115.

¡Ni más ni menos que hasta 7 modelos diferentes! Y esto sin tener la casuística particular de cada empresa.

Evita sanciones administrativas

Un error administrativo por un modelo no presentado o mal confeccionado sale caro.

En este enlace os dejamos como ejemplo una guía sobre las sanciones administrativas por irpf no presentados.

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